IANCA
¿Qué es PROBATION?
La Ley de PROBATION
para la SUSPENSIÓN de JUICIO a PRUEBA,
contribuye a una respuesta más humana en la justicia penal, ya que tiende a
evitar las consecuencias negativas del encarcelamiento, como así también desde
un punto de vista práctico impedir que llegue la sentencia en procesos de poca
importancia en política criminal ahorrando recursos materiales y humanos, con
la gran ventaja que se producen importantes reducciones de costos al Estado.
En el ámbito internacional se plantea esta
necesidad plasmada en las "Reglas de Tokio" 1.5 "Los Estados
miembros introducirán medidas no privativas de la libertad en sus respectivos
ordenamientos jurídicos para proporcionar otras opciones y de esta manera
reducir la aplicación de las penas de prisión y racionalizar las políticas de
justicia penal, teniendo en cuenta el respeto de los Derechos Humanos, las
exigencias de
la Justicia Social
y las necesidades de rehabilitación del delincuente", 1990.
El elemento esencial de La Probation es como
método de reeducación del delincuente: un plan de conducta en libertad
adaptando la respuesta del derecho penal a las circunstancias que rodean al
hecho, las condiciones personales del imputado y a la posibilidad que brinde la
comunidad o el sistema social.
Ha llegado el momento de responder a uno de
los problemas cruciales que enfrenta la sociedad: la inseguridad en materia de
política criminal y judicial, la de dar protección a la sociedad que tanto la
reclama, como también a las personas que si han entrado en los caminos de
desviación de su conducta, necesitan encontrar las respuestas a tal equivocación,
para luego reparar y comenzar a reconstruir un nuevo proyecto que lo lleve a
reinsertarse con una identidad en sus grupos de pertenencia, familia, trabajo,
comunidad y sociedad.
Para poder efectivizar tan caro objetivo es
necesario implementar la institución de la Probation como se ha hecho en el
sistema anglo-americano hace ya más de un siglo con excelentes resultados.
Las obligaciones o "condiciones a
prueba" deben ser supervisadas por un agente especializado, el Oficial de
Probación, con una supervisión que responda a la seguridad social y a la vez
reeducar a la persona que ha cometido el delito para impedir que vuelva a
delinquir.
La Ley de la "puesta a prueba", en
su Artículo 76 bis dispone: "el imputado de un delito de acción pública
reprimido con pena de reclusión o prisión cuyo máximo no exceda de tres años
podrá solicitar la suspensión del juicio a prueba..." queda
inconcluso sin puntualizaciones pertinentes, dado que no asigna funciones.
Esta figura tiene muchas ventajas, por
ejemplo, el tratamiento se hace en libertad; la ayuda que se propone brindar al
imputado durante el plazo de prueba de alguna manera lo vincula con la
actitud que asuma durante un período de tiempo y al oficial de prueba
que tenga a su cargo la supervisión, o el seguimiento de su conducta.
La implantación de este instituto produce
grandes ahorros al Estado y a la sociedad.
Es facultativo y su finalidad disuadir al
imputado de la comisión de nuevos delitos y facilitar su resocialización,
muestra su naturaleza protectora, de ayuda y no punitiva, tendiente a fortalecer
el propósito del autor de no recaer en el delito y de evitar así que su futuro
sea la cárcel como destino cierto.
INTRODUCCIÓN
GENERAL
La Probation surge de la necesidad de
la humanización del proceso penal, es un método de tratamiento que la justicia
impone a quienes han cometido infracciones con penas leves.
En el curso de su aplicación la persona que
ha sido sometida a él continúa viviendo en el seno de su familia y comunidad
organizando su vida conforme a las condiciones prescritas por el juez o
autoridad competente bajo la supervisión y apoyo socio-humanístico del agente
de Probación.
El tratamiento de reeducación es uno de los
elementos fundamentales que caracteriza a este instituto, implica un estudio
profundo e integral de la persona que ha cometido un delito a la vez que la
supervisión y el seguimiento por parte de profesionales preparados en las
condiciones de prueba muy bien analizadas por el juez, con el propósito de su
rehabilitación impidiendo y garantizando futuras reincidencias, teniendo en
cuenta la reconocida capacidad criminógena de la propia cárcel y a su vez
reduciendo la población carcelaria.
En síntesis, este sistema implica simultáneamente
la suspensión de la ejecución de la pena quedando el delincuente en libertad
bajo caución de buena conducta.
OBJETIVOS DEL
INSTITUTO
- Bregar por una justicia más eficiente en cuanto a sus resultados.
- Mejorar la problemática criminológica, creando una estructura
adecuada para su desarrollo.
- Implementar el rol del oficial de prueba como figura esencial para
aplicar el método de tratamiento y supervisión cumpliendo el objetivo de
la "puesta a prueba "
- Capacitación y entrenamiento a profesionales universitarios o
expertos en todo el país.
- Se propone que los que se postulen deberán ser seleccionados por
medio de una entrevista anterior a los cursos y se deberá tener en cuenta
cualidades personales, intelectuales, madurez, respeto a las personas y
responsabilidad
FUNCIONES DEL
OFICIAL DE PRUEBA
- Relevamiento para establecer el diagnóstico de la situación
integral que se relaciona con el delincuente.
- Circunstancias que lo llevaron a delinquir.
- Contexto educativo, laboral, familiar, económico.
- Sus relaciones interpersonales con grupos de pertenencia.
- Estado de salud integral.
- Antecedentes delictivos.
- Reincidencias.
- Tipo de delito cometido.
- Análisis y evaluación para establecer un pronóstico.
- Informe de los antecedentes y proyectos al juez.
- Orientación al juez para decidir si el caso corresponde a
Probation.
- Colaboración con el juez en la elaboración de las condiciones u
obligaciones de prueba.
- Supervisión del cumplimiento de las obligaciones de prueba:
- Establecidas por juez.
- Obligación de reparar daños morales y materiales a la víctima.
- Supervisión de las responsabilidades individuales como cualquier
otro ciudadano.
- Seguimiento periódico de las actividades y de la conducta.
- Realizar registros permanentes detallando las observaciones para
informar al juez.
- En caso de incumplimiento, comunicar al juez para modificar,
suspender o revocar el beneficio.
- Reeducación social y humanística:
- De acuerdo al diagnóstico y pronóstico de cada situación
particular establecer una metodología de trabajo adecuada.
- Derivación a centros asistenciales de salud o educativos.
- Orientación laboral, capacitación en cuanto a posibilidades de
empleo.
- Mejorar las relaciones familiares y de su entorno.
- Conexión con la comunidad: organizaciones públicas y privadas,
vecinales, religiosas, recreativas, asistenciales, empresarias, laborales,
educativas que puedan contribuir al apoyo del sujeto y su familia; como
también evaluar las necesidades comunitarias para tenerlas en cuenta en
"Servicio Comunitario" como una de las obligaciones que se imponga
al imputado.
- Conexión con la prensa y los medios de comunicación para difusión
y obtención de colaboración en caso de la necesidad de recursos
especiales.
- Detallar en informes los trabajos realizados y los relevamientos
estadísticos de dichas supervisiones.
ROL
PROFESIONAL DEL AGENTE DE PROBACION
Para llevar a cabo con éxito el programa de
Probation debe ser el oficial de prueba un profesional o un experto en temas
sociales y humanísticos, con preparación en:
- En metodología y técnicas de investigación socio-jurídica,
recursos que utilizan para la elaboración del relevamiento preliminar
recabando los antecedentes, diagnóstico y pronóstico para informar al
Juez.
- De la supervisión antedicha no sólo para que la persona se
rehabilite, sino el cuidado y seguridad de toda la sociedad en general.
- La asistencia socio-humanística, económica y comunitaria que
brinda a la persona y a su familia durante el tratamiento.
- La búsqueda de su resocialización o adaptación trabajando con la
comunidad, organismos públicos y privados que aporten soluciones como también
la interconexión con los medios de comunicación social.
- La necesidad de llevar los registros estadísticos y análisis
detallados de los casos que vayan surgiendo a medida que el sistema se
desarrolla.
Se destaca, que el agente de Probation debe
ser un profesional o experto capacitado adecuadamente, no simplemente un agente
de vigilancia o funcionario policial que resultaría coercitiva, estigmatizante
a fin de evitar etiquetamientos que impidan el éxito de la Probation en cuanto
a la rehabilitación futura y permanente del sujeto beneficiado con este
instituto.
CARACTERÍSTICAS
DEL SISTEMA DE PROBATION
- La Probation no es simplemente un método de suspensión de la pena
ya que mediante ella la justicia se esfuerza en ayudar al sujeto puesto a
prueba para que logre su rehabilitación en la comunidad.
- El Sistema de Probation en lugar de condenarla ofrece una nueva
oportunidad a la persona que está sometida a ella exigiendo al mismo tiempo
un serio propósito de disciplina personal siendo el consentimiento un
factor previo y esencial.
- Modificación del sistema de Administración de Justicia en especial
en su concepción puramente punitiva y negativa, hacia un enfoque positivo y
resocializador.
- Necesidad de solucionar no sólo problemas delictivos sino sociales
como drogas, accidentes de tránsito, prostitución, etcétera.
- Incorporar la necesidad de aplicar métodos de tratamiento
atendiendo preocupaciones terapéuticas y de integración social como
fundamentales.
- Atender a la interacción indispensable del Derecho con el Medio y
la Sociedad Global
superando el aislamiento de la realidad jurídica, definiendo una nueva política
criminal.
- Bregar por una estructura jurídica orientada más a la prevención
y tratamiento del delincuente que a la simple represión y castigo a título
de retribución para poder cumplir con
la "Humanización
del Sistema Penal".
- El sistema de Probation no sólo rehabilita al delincuente sino que
previene futuras reincidencias.
- Capacitación y empleo a profesionales desocupados para cubrir las
funciones.
- El sistema de Probation provee de recursos al juez para determinar
la resolución apropiada a la causa penal.
- Transformación de la persona que ha violado la ley en una persona
socialmente responsable, modificando la conducta del delincuente, motivando
el cambio en su actitud y en relación con la sociedad en cuanto a la
restitución que reconoce debe proveer.
- Evitar las consecuencias estigmatizantes del encarcelamiento y el
juicio penal en delitos menos graves.
- Ahorrar recursos materiales y humanos ya que muchos casos quedan
pendientes, archivados, paralizados o a la espera de la extinción de la
acción penal.
- Ventaja de que el tratamiento se cumpla en libertad observando la
necesidad del trabajo integral del que ha cometido la falta y su contexto,
sin olvidar la repercusión del mismo en la sociedad, diseñando un nuevo
sistema que contribuya a mejorar la problemática criminológica.
- Ventajas en cuanto a la extensión del método:
- Puede aplicarse a personas "No Delincuentes" pero que por
circunstancias como el abandono, influencia desfavorables del medio, de la
familia, tienen necesidad de orientación, seguimiento y cuidados especiales
ya que es un método preventivo que intenta la readaptación social en caso
de peligro.
- Si bien la juventud o ausencias a condenas anteriores son favorables
también podría instrumentarse con reincidentes y condenación condicional.
- Mayor eficiencia en justicia por la distribución de tareas,
capacitación a nuevos profesionales y reentrenamiento a los existentes.
- Menor cantidad de establecimientos carcelarios y logros sociales en
cuanto a políticas educativas que comiencen a funcionar. Este sistema
estructura todo un proceso, asegurando a través del seguimiento y apoyo
integral que esa persona pueda ser útil a sí misma, a su contexto más próximo
y la sociedad en general.
- Disminución de las patologías sociales en menores, delincuencia
juvenil, adicción a sustancias tóxicas y violencia.
- Fortalecimiento y perfeccionamiento del desarrollo y la sana educación
de la personalidad humana, las condiciones educativas, sanitarias, económicas
culturales y sociales.
- Promoción del trabajo en la comunidad para protección de la
seguridad general. Trabajo con todos los sectores: Medios de Comunicación,
Instituciones Educativas, de Salud, Religiosas, Recreativas, etcétera.
- Significativos ahorros en los recursos económicos, dado que además
de reducirse la necesidad de cárceles, vigilancia, investigaciones,
administración de justicia, etcétera, el mismo sistema genera recursos que
cubren los gastos para la administración del sistema de probation.
- Generación de actividades económicas autónomas y rentables
conducidas y con ocupación de imputados, que garantizan su reinserción
social de manera segura y duradera.
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